Sistema de declaración de uso de semillas (RUS, registro único de usuarios)

Sociedad Rural de Concordia

Información de CRA para los productores agropecuarios. Frente a los conflictos comerciales que se han suscitado por el uso propio legal de semillas de trigo y soja, siempre que el productor pueda demostrar el origen de dicha simiente, se han implementado un sistema de información…

Sistema de declaración de uso de semillas (RUS, registro único de usuarios)

Información de CRA para los productores agropecuarios.

semillas2 Frente a los conflictos comerciales que se han suscitado por el uso propio legal de semillas de trigo y soja, siempre que el productor pueda demostrar el origen de dicha simiente, se han implementado un sistema de información vía web para certificar y avalar el derecho de uso propio. Hasta hoy están vigentes dos resoluciones: la 187/15 control de semillas soja y la 149/16 referente a trigo. Ambas declaraciones son similares y se deben realizar dos informes, es decir uno al finalizar la siembra informando la superficie sembrada, el cultivar, la cantidad usada y el origen inicial de esa semilla (factura de compra o certificado de uso propio que otorga el sistema). La segunda se realiza al finalizar la cosecha y se debe declarar la semilla que reservamos para la próxima siembra. Hay productores que tuvieron problemas para cumplimentar estas resoluciones, a veces por los RENSPA, otras veces por dificultades operativas e incluso algunas oportunidades porque no se puede encontrar el cultivar usado. Esto motiva a que agobiados por la siempre excesiva información que estamos obligados a cumplimentar, abandonemos el sitio del INASE sin terminar el trámite. Por estos motivos desde CRA y las Confederaciones recomendamos para evitar inconvenientes y poder hacer uso propio sin impedimento: -Informar antes del 31 de enero la semilla de soja usada y antes del 30 de junio la semilla reservada. -Lo mismo para el caso de trigo, siembra al 31 de agosto y semilla reservada antes del 31 de enero. -Frente a cualquier inconveniente operativo deben consultar al 0800-3624684 int 5455/5455 o al correo: rus@inase.gov.ar -Tener en cuenta que si no consiguen informar por el sitio web no deben dejar de informar por correo electrónico. -El INASE, responsable de este sistema, está para hacer cumplir la Ley de Semillas y estas resoluciones fueron creadas para fortalecerla frente a las pretensiones abusivas de algunas empresas semilleras. -El INASE es el UNICO organismo al que el productor debe informar. Otras organizaciones tales como ARPOV requieren información que no estamos obligados a brindarla. Recuerden solo INASE es oficial. -El objetivo de estos registros es transparentar el uso propio de trigo y soja favoreciendo así al productor. De ninguna manera se busca cercenar este derecho o perjudicar al productor, solo que se busca respetar la ley vigente. -Cuando por distintas razones un productor no pudo informar la campaña anterior debe intentar volver a hacerlo. Si por la falta de presentación alguien fuera intimado por el INASE deberá ponerse en contacto hacer los descargos correspondientes y seguir informando una vez superados los inconvenientes. -Las intimaciones se hacen a quienes no cumplimentan estas resoluciones. Todo productor intimado debe responder y aclarar lo ocurrido. Solo la falta de respuesta genera multas o apercibimientos. Recuerden consultar el sitio web de INASE www.inase.gov.ar consultar RUS para tener instrucciones. Etiquetas: Semillas, Comisión de Granos, Roberto Campi